Consultorio Jurídico Gratuito
Los turnos se entregan los días Martes y Jueves a partir de las 14:00hs. en la sede de calle Mendoza 902. Y la atención se brinda a partir de las 14:30 hs. por turno en dicha Sede. T.E.: 0299-4472928
Director: Dra. María Isabel LOPEZ OSORNIO
Secretario: Dr. Alberto KAMMAN
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QUEDAN EXCLUIDOS DE LA DERIVACION CONFORME Art. 25:
a) Cuando por los dichos del requiriente o del informe socio ambiental, surgiese que el requiriente posee capacidad económica que lo excluya de los servicios del Consultorio como beneficiario (Ej.: propietario - empleadores - comerciantes - etc.).
b) Cuando el requeriente posea bienes inmuebles no precarios.
c) En las ejecuciones y desalojos cuando el requeriente es actor. y/o demandado por falta de pago en los alquileres
d) En las Sucesiones y declaratorias de herederos.
e) En los juicios de divorcio, aunque no existan bienes, siempre que una de las partes posea capacidad económica.
f) En los casos o asuntos en los que haya un Abogado ocupándose del mismo, extrajudicialmente o judicialmente.
g) En juicios en que se persiga finalidad económica (comercial, laboral, daños y perjuicios, etc)
h) En defensas o querellas penales.
i) En aquellos casos en que exista denuncia ley 2212, debiendo en todo caso proceder a la contención y asistencia del Servicio Social con el que cuenta el consultorio y la urgente derivación al organismo competente para su tratamiento.