Resolución Técnico Registral Nº 2/17 -RPI
La Secretaría de Superintendencia del TSJ informa la Resolucón Técnico Registral Nº 02/17 emitida por el Registro de la Porpiedad del Inmueble, por la cual se dispone que merecerán el tratamiento del art. 9 inc. "b" Ley 17.801 e igual norma de la Ley 2.087, los documentos en los cuales se pretenda la registración de alguno de los supuestos del artículo 2.134 del C.C yC. en donde las partes del negocio jurídico instrumentado sean cónyuges bajo el régimen de la comunidad, se trate el bien de carácter propio o ganancial.